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Sala Constitucional dimensiona los efectos del Voto Nº.9 9 2 8 - 2 0 1 0
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Consolidación de la Jurisdicción Contencioso Administrativa Laboral
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Suplemento comercial La Republica Firmas Corporativas
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Materia Tributaria Tribunal procesal contencioso, haciendo suya alguna jurisprudencia constitucional, acoge el principio de que la reserva de ley en materia tributaria no es absoluto, sino que por el contrario, lo que rige es el principio de delegación relativa.
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Juez Contencioso Administrativa acoge demanda por responsabilidad en contra del Instituto Costarricense de Electricidad
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Cobertura periodistica de LA REPUBLICA Sin duda lo suyo es el litigio
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Asamble Legislativa aprobó nueva LEY de NOTIFICACIONES Esta Ley regula lo referente a las notificaciones judiciales
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NOTIFICACIONES POR MEDIO DE FAX, La Corte Plena dispuso que se realizarán 5 intentos para notificar por medio de fax
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El Tribunal Contencioso Administrativo acoge medida cautelar y dispone la suspensión del acto administratico
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C & S LAW GROUP –ATTORNEYS AT LAW, sinónimo de experiencia lea el articulo completo publicado por el periodico LA REPUBLICA.
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Bajo la dirección de las firmas de abogados C & S LAW GROUP –ATTORNEYS AT LAW- Y GOMEZ Y GALINDO, el TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO admitió planteamiento de los abogados directores, acogiendo la excepción de litis pendencia por conexidad.
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Implementation of Digital Records: In order to provide expedited service, C&S Law Group has implemented the use of digital records for all legal cases and procedures assigned to our clients.
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Partner, Juan Carlos Castro Loría, was selected by the University of Costa Rica
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C&S Law Group Attorneys at Law, obtiene premio.World Confederation of Businesses honra y distingue experiencias empresariales de éxito, dignas de ser imitadas, a fin de motivar y estimular a las empresas y empresarios líderes, con el premio “THE BIZZ AWARDS”.
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Seminario impartido por C&S Law Group: El Nuevo Código Procesal Contencioso Administrativo. Análisis estructural y conceptual”.
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Consolidación de la Jurisdicción Contencioso Administrativa Laboral
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Exp. No. 08-012174-0007-CO
Res. No. 2010009928
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas de nueve de junio de dos mil diez. Acciones de inconstitucionalidad acumuladas, la primera (No. 08-012174-0007-CO), interpuesta por CÉSAR HINES CÉSPEDES, cédula No. 7-061-989, ENRIQUE ROJAS FRANCO, cédula No. 1-390-1250 y DIEGO MOYA MEZA, cédula No. 1-1065-0968, contra la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia que remite, en razón de la materia, a la jurisdicción laboral, los procesos que tienen como objeto la nulidad de actos administrativos vinculados a una relación de empleo público emitida con fundamento en el artículo 4°, inciso a), de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ordinal que, también, impugna y, por conexidad, contra el artículo 3°, inciso a), del Código Procesal Contencioso-Administrativo, Ley No. 8508 de 25 de abril del 2006, en cuanto excluye del conocimiento de dicha jurisdicción la materia del empleo público, la segunda acción (No. 09-008798-0007-CO), interpuesta por MANRIQUE JIMÉNEZ MEZA, cédula No. 1-487-250, contra el inciso a) del artículo 3° del Código Procesal Contencioso-Administrativo, Ley No. 8508 de 25 de abril del 2006, y, subsidiariamente, contra la interpretación que la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ha dado a favor de la remisión de los asuntos de empleo público a la jurisdicción laboral. Interviene también en la acción la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y el INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO.
06/16/2010
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